Datos obligatorios de una factura: guía para pymes y autónomos
Qué datos debe incluir una factura completa según el Reglamento de facturación, cuándo puedes emitir una factura simplificada y cuánto tiempo guardarlas.
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Una factura incompleta puede costarte la deducción del IVA o problemas con Hacienda. Las obligaciones de facturación están reguladas en el Real Decreto 1619/2012, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Repasamos lo esencial.
Datos obligatorios de una factura completa
Según el artículo 6 del Reglamento, toda factura completa debe incluir:
- Número y, en su caso, serie. La numeración debe ser correlativa.
- Fecha de expedición.
- Nombre y apellidos o razón social de quien emite la factura y del destinatario.
- NIF de quien emite la factura y, en los casos que marca la norma, del destinatario.
- Domicilio de ambas partes.
- Descripción de las operaciones, con los datos necesarios para calcular la base imponible.
- Tipo impositivo de IVA aplicado.
- Cuota tributaria resultante, consignada por separado.
- Fecha de la operación, si es distinta de la de expedición.
Cuando la operación está exenta o se aplica la inversión del sujeto pasivo, la factura debe incluir la mención correspondiente.
¿Cuándo se puede emitir una factura simplificada?
La factura simplificada (el antiguo ticket) se puede emitir, con carácter general, cuando el importe no supera los 400 euros, IVA incluido, y en algunos sectores (como hostelería o comercio minorista) hasta 3.000 euros. Tiene menos requisitos, pero no sirve en todos los casos para que el cliente deduzca el IVA.
Facturas rectificativas
Si detectas un error o hay una devolución, no se modifica la factura original: se emite una factura rectificativa con su propia serie, que identifique la factura que corrige.
¿Cuánto tiempo hay que guardar las facturas?
Como mínimo, el plazo de prescripción fiscal de cuatro años. El Código de Comercio, además, obliga a conservar la documentación mercantil durante seis años, por lo que muchas empresas guardan sus facturas ese tiempo.
Errores frecuentes
- Saltarse números o repetirlos en la serie.
- Olvidar el NIF del cliente cuando es obligatorio.
- No desglosar la cuota de IVA.
- Usar una factura simplificada cuando el cliente necesita una completa.
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Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento fiscal profesional. Consulta el Real Decreto 1619/2012 en el BOE.
