Vacaciones de los trabajadores: días y cálculo (2026)

Cuántos días de vacaciones tocan por ley, cómo calcular las proporcionales, quién fija las fechas, qué pasa si coinciden con una baja y el finiquito.

Por BussiNext ·Publicado el

En España, todo trabajador tiene derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones retribuidas al año (artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores). Si no ha trabajado el año completo, le corresponde la parte proporcional al tiempo trabajado. Las fechas se pactan entre empresa y trabajador y deben conocerse con al menos dos meses de antelación, y las vacaciones no se pueden cambiar por dinero salvo al terminar el contrato.

Las vacaciones son uno de los temas que más dudas generan en una pyme: cuántos días tocan, cómo se cuentan, qué pasa si alguien entra a mitad de año o se pone de baja justo antes de irse. En esta guía repasamos lo que dice la norma y te dejamos ejemplos numéricos para que puedas hacer los cálculos tú mismo.

¿Cuántos días de vacaciones corresponden por ley?

El artículo 38.1 del Estatuto de los Trabajadores (ET) establece que el periodo de vacaciones anuales retribuidas “será el pactado en convenio colectivo o contrato individual” y que en ningún caso será inferior a treinta días naturales.

De ahí salen tres ideas clave:

  • 30 días naturales es un suelo, no un techo. Tu convenio colectivo o el propio contrato pueden reconocer más días.
  • Son retribuidas: durante las vacaciones se sigue cobrando el salario.
  • No son sustituibles por compensación económica mientras dura la relación laboral. La empresa no puede “comprar” las vacaciones al trabajador, aunque ambos estén de acuerdo.

Por eso, antes de nada, revisa el convenio colectivo que se aplica en tu empresa: es donde suelen estar las mejoras de días, la forma de contarlos y las reglas para planificar el calendario.

¿Días naturales o días laborables?

El ET cuenta las vacaciones en días naturales: todos los días del calendario, incluidos sábados, domingos y festivos que caigan dentro del periodo de vacaciones. Treinta días naturales equivalen, en la práctica, a algo más de cuatro semanas.

Muchos convenios, en cambio, expresan las vacaciones en días laborables (los días que el trabajador tendría que trabajar). Es una fórmula válida siempre que, al final, el trabajador no disfrute de menos vacaciones que el mínimo legal.

Sistema Qué se cuenta Ejemplo
Días naturales (ET) Todos los días del calendario dentro del periodo Del 1 al 30 de agosto = 30 días
Días laborables (algunos convenios) Solo los días que se trabajarían según el horario Una semana de lunes a viernes = 5 días

Si en tu empresa conviven ambos sistemas (por ejemplo, porque el convenio habla de laborables), deja claro en la política interna cómo se cuentan, para evitar discusiones cuando alguien pide días sueltos.

¿Cómo se calculan las vacaciones proporcionales?

Cuando un trabajador no ha estado todo el año en la empresa (porque entró a mitad de año, tiene un contrato temporal o se marcha antes de diciembre), le corresponden vacaciones proporcionales al tiempo trabajado. Así lo recoge el Convenio número 132 de la OIT, ratificado por España, que reconoce vacaciones pagadas proporcionales a la duración de los servicios en el año.

La fórmula habitual es:

Días de vacaciones = días anuales de vacaciones × días trabajados en el año ÷ 365

Ejemplo 1: incorporación a mitad de año

Marta empieza a trabajar el 1 de marzo de 2026 y seguirá en la empresa todo el año. Su convenio reconoce el mínimo legal de 30 días naturales.

  1. Días trabajados del 1 de marzo al 31 de diciembre: 306 días.
  2. Cálculo: 30 × 306 ÷ 365 = 25,15 días.
  3. Le corresponden unos 25 días naturales de vacaciones en 2026. Cómo se redondean los decimales depende del convenio o de la política de la empresa; redondear a favor del trabajador evita conflictos.

Ejemplo 2: tabla rápida con 30 días anuales

Tiempo trabajado en el año Cálculo Vacaciones aproximadas
12 meses (365 días) 30 × 365 ÷ 365 30 días
9 meses (≈ 273 días) 30 × 273 ÷ 365 ≈ 22,4 días
6 meses (≈ 181 días) 30 × 181 ÷ 365 ≈ 14,9 días
3 meses (≈ 90 días) 30 × 90 ÷ 365 ≈ 7,4 días
1 mes (≈ 30 días) 30 × 30 ÷ 365 ≈ 2,5 días

Si tu convenio reconoce más de 30 días, sustituye el 30 de la fórmula por los días que fije el convenio.

¿Quién fija las fechas de las vacaciones?

Según el artículo 38.2 y 38.3 del ET:

  • Las fechas se fijan de común acuerdo entre la empresa y el trabajador, de acuerdo con lo que diga el convenio colectivo sobre la planificación anual de las vacaciones.
  • El calendario de vacaciones se fija en cada empresa.
  • El trabajador debe conocer las fechas que le correspondan al menos dos meses antes del comienzo del disfrute.
  • Si no hay acuerdo, la jurisdicción social fija la fecha mediante un procedimiento sumario y preferente, y su decisión no se puede recurrir.

Es decir, la empresa no puede imponer unilateralmente las fechas ni el trabajador puede irse cuando quiera sin acuerdo. Lo práctico es organizar el calendario con tiempo para que todos los acuerdos queden cerrados con más de dos meses de margen.

¿Qué pasa si las vacaciones coinciden con una baja (IT)?

El artículo 38.3 del ET distingue dos situaciones cuando el periodo de vacaciones fijado en el calendario de la empresa coincide con una incapacidad temporal (IT) o con determinadas suspensiones del contrato:

Situación Qué dice el ET
IT derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural, o suspensión por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento, o por riesgo durante el embarazo o la lactancia Se disfrutan las vacaciones en otra fecha, al terminar la IT o el permiso, aunque haya terminado el año natural
IT por otras contingencias (enfermedad común, accidente…) que impida disfrutarlas total o parcialmente en su año Se disfrutan al terminar la IT, siempre que no hayan pasado más de 18 meses desde el final del año en que se originaron

En la práctica, si un trabajador tenía fijadas sus vacaciones en agosto y está de baja todo ese mes, no las pierde: las disfrutará cuando reciba el alta médica, dentro de esos límites. El ET regula la coincidencia con el periodo del calendario; para otros supuestos (por ejemplo, una baja que empieza ya estando de vacaciones), revisa tu convenio y consulta con tu asesor laboral.

Vacaciones no disfrutadas y finiquito

Mientras el contrato está vigente, las vacaciones se disfrutan, no se cobran. La excepción es el fin de la relación laboral: si el trabajador se va (por fin de contrato, dimisión, despido u otra causa) con días generados y no disfrutados, tiene derecho a que se le compensen económicamente. Lo prevé el artículo 11 del Convenio 132 de la OIT.

Esa compensación suele incluirse en el finiquito. El artículo 49.2 del ET obliga a la empresa a acompañar la comunicación de la extinción (o el preaviso) con una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas, y el trabajador puede pedir que esté presente un representante legal de los trabajadores al firmarlo.

Ejemplo de cálculo en el finiquito

Jorge trabaja desde hace años en la empresa, tiene 30 días de vacaciones anuales y causa baja el 15 de julio de 2026. Ese año ha disfrutado 5 días. Su salario bruto anual es de 25.200 € (14 pagas de 1.800 €).

  1. Días trabajados del 1 de enero al 15 de julio: 196 días.
  2. Vacaciones generadas: 30 × 196 ÷ 365 = 16,11 días.
  3. Vacaciones pendientes: 16,11 − 5 = 11,11 días.
  4. Salario diario (una forma habitual de calcularlo): 25.200 ÷ 365 = 69,04 €.
  5. Importe aproximado: 11,11 × 69,04 ≈ 767 € brutos.

El salario que se toma como base y el redondeo pueden variar según el convenio, así que úsalo como orientación y revisa la liquidación con tu asesoría.

Cómo organizar el calendario de vacaciones de la empresa

  1. Revisa el convenio colectivo. Comprueba cuántos días reconoce, si los cuenta en naturales o laborables y si fija periodos o reglas de planificación.
  2. Abre un plazo para que la plantilla pida sus fechas, con margen suficiente para cerrar el calendario más de dos meses antes de los periodos más demandados.
  3. Define criterios de prioridad para cuando varias personas pidan las mismas fechas (rotación entre años, cargas familiares, antigüedad…), siempre dentro de lo que diga el convenio.
  4. Asegura la cobertura de cada puesto o equipo antes de aprobar las solicitudes.
  5. Comunica por escrito las fechas aprobadas a cada trabajador.
  6. Lleva un saldo actualizado de días generados, disfrutados y pendientes por persona, para que nadie llegue a fin de año con días sin gastar ni haya sorpresas en un finiquito.
  7. Revisa las incidencias (bajas, permisos, cambios de fecha) en el momento, no a final de año.

Cómo lo hace BussiNext

En el módulo de RRHH de BussiNext, cada empleado gestiona sus propias vacaciones y ausencias y la empresa solo tiene que validarlas. Todo queda en un mismo lugar junto con las bajas, los turnos, la bolsa de horas y el registro de fichajes, en la nube, con servidores en España y acceso 24/7. Está incluido en el precio único de BussiNext junto con el resto de módulos.

Resumen

  • El mínimo legal es de 30 días naturales de vacaciones retribuidas al año (art. 38.1 ET); el convenio o el contrato pueden mejorarlo.
  • Si no se trabaja el año completo, las vacaciones se calculan en proporción: días anuales × días trabajados ÷ 365.
  • Las fechas se pactan entre empresa y trabajador, conforme al calendario de la empresa, y deben conocerse con al menos dos meses de antelación.
  • Si las vacaciones coinciden con una IT, se disfrutan después; en contingencias comunes, con un límite de 18 meses desde el final del año.
  • Solo al terminar el contrato se pagan las vacaciones no disfrutadas, normalmente en el finiquito.

Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento laboral profesional. Consulta siempre la normativa vigente y tu convenio colectivo.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones corresponden por ley en España?

Como mínimo, 30 días naturales al año, según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores. El convenio colectivo o el contrato pueden mejorar esa cifra, pero nunca reducirla.

¿Las vacaciones son 30 días naturales o 22 laborables?

El Estatuto de los Trabajadores habla de 30 días naturales. Algunos convenios expresan las vacaciones en días laborables; es válido siempre que el resultado no quede por debajo del mínimo legal.

¿Cómo se calculan las vacaciones si no he trabajado el año completo?

Se calculan en proporción al tiempo trabajado en el año: días de vacaciones anuales multiplicados por los días trabajados y divididos entre 365. Con 30 días anuales y 306 días trabajados salen unos 25 días.

¿Con cuánta antelación debo conocer mis fechas de vacaciones?

Al menos dos meses antes del comienzo del disfrute. Las fechas se fijan de común acuerdo entre empresa y trabajador, conforme al calendario de vacaciones de la empresa y a lo que diga el convenio.

¿Qué pasa con las vacaciones si estoy de baja?

Si las vacaciones fijadas coinciden con una incapacidad temporal que impide disfrutarlas, puedes tomarlas al terminar la baja. En las bajas por contingencias comunes el límite es de 18 meses desde el final del año en que se generaron.

¿Se pueden cobrar las vacaciones en lugar de disfrutarlas?

No mientras el contrato está vivo: el artículo 38 dice que no son sustituibles por compensación económica. Solo al terminar la relación laboral se pagan los días generados y no disfrutados, normalmente en el finiquito.

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