Factura electrónica obligatoria: plazos y quién debe
Factura electrónica obligatoria entre empresas: qué dice la Ley Crea y Crece, el RD 238/2026, los plazos de 2027 y 2028 y en qué se diferencia de Verifactu.
Por BussiNext ·Publicado el
La factura electrónica será obligatoria entre empresas y profesionales en España. La exige la Ley Crea y Crece y la desarrolla el Real Decreto 238/2026. Según la Agencia Tributaria, las empresas de más de 8 millones de euros de volumen de operaciones empiezan el 6 de octubre de 2027 y el resto, autónomos incluidos, el 6 de octubre de 2028.
Es una de las obligaciones que más dudas genera, sobre todo porque llega a la vez que Verifactu. En esta guía repasamos qué dice la norma, a quién afecta, los plazos oficiales y en qué se diferencia de Verifactu.
Qué dice la ley
La obligación de expedir y recibir facturas electrónicas entre empresarios y profesionales la introdujo la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, conocida como Ley Crea y Crece, en su disposición final octava. Su objetivo declarado es combatir la morosidad comercial: si las facturas y su estado de pago circulan de forma electrónica, es más fácil saber cuándo y cómo se pagan.
La ley necesitaba un reglamento para poder aplicarse. Ese desarrollo llegó con el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026, que además modificó el Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012).
Después se aprobó la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica (SPFE) de la Agencia Tributaria y que está en vigor desde el 6 de octubre de 2026.
Qué es exactamente una factura electrónica
En el lenguaje de todos los días, mucha gente llama “factura electrónica” a cualquier factura que no está en papel: un PDF adjunto a un correo, por ejemplo. A efectos de la obligación de la Ley Crea y Crece, no es así.
La factura electrónica obligatoria entre empresas es un documento con datos estructurados, pensado para que lo lea y procese un programa, no una persona. Eso permite que el receptor la incorpore a su sistema sin teclear nada y que se pueda seguir su estado hasta el pago. El PDF, en cambio, es una imagen del documento: se puede leer, pero no procesar automáticamente.
Esa es la clave del cambio: pasar de “enviar un documento” a “intercambiar datos” entre los programas de quien emite y quien recibe la factura.
A quién afecta
La obligación se aplica a las operaciones entre empresas y profesionales (lo que se conoce como B2B):
- Sociedades de cualquier tamaño.
- Autónomos que facturan a otras empresas o profesionales.
No afecta a las facturas que emites a consumidores finales (B2C). Si vendes a particulares, esta obligación concreta no cambia cómo les facturas, aunque sí te afectará Verifactu si usas un programa de facturación.
Plazos de la factura electrónica obligatoria
Este es el calendario que publica la Agencia Tributaria:
| Quién | Desde | Qué incluye |
|---|---|---|
| Empresas y profesionales con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones | 6 de octubre de 2027 | Expedir, remitir y recibir facturas electrónicas e informar del estado de facturas y pagos |
| Resto de empresas y profesionales, autónomos incluidos | 6 de octubre de 2028 | Las mismas obligaciones |
| Personas físicas (autónomos) | 6 de octubre de 2029 | Obligación de informar del estado de las facturas |
En resumen, para la inmensa mayoría de pymes y autónomos la fecha clave es octubre de 2028. Hay tiempo, pero no tanto como parece si tu empresa todavía factura con plantillas o envía PDF por correo.
Qué cambia en el día a día
Hoy muchas empresas envían la factura en PDF por correo electrónico. Con la nueva obligación, eso deja de ser suficiente en las operaciones entre empresas. Los cambios principales son:
- Formato estructurado. La factura deja de ser un documento “para leer” y pasa a ser un archivo con datos que los programas pueden procesar.
- Intercambio entre sistemas. Las facturas se envían y reciben de forma electrónica entre los programas de emisor y receptor.
- Estados de facturas y pagos. Además de enviar la factura, hay que informar de su estado y de su pago.
- Recepción también obligatoria. No basta con emitir: también tienes que poder recibir facturas electrónicas de tus proveedores.
La solución pública de facturación electrónica (SPFE)
La Orden HAC/1028/2026 regula la solución pública de la Agencia Tributaria. Es la herramienta oficial de la Agencia Tributaria para la facturación electrónica entre empresas. Conviene que, cuando elijas programa, preguntes a tu proveedor cómo piensa conectarse con este sistema.
Diferencias entre factura electrónica y Verifactu
Las dos obligaciones llegan casi a la vez y se mencionan juntas, pero no son lo mismo:
| Factura electrónica (Crea y Crece) | Verifactu | |
|---|---|---|
| Norma principal | Ley 18/2022 y Real Decreto 238/2026 | Real Decreto 1007/2023 |
| Qué regula | El formato y el intercambio de facturas entre empresas | Cómo debe funcionar el programa de facturación |
| A qué facturas afecta | Operaciones entre empresas y profesionales (B2B) | Todas las facturas emitidas con un programa, también a particulares |
| Fecha general (vigente) | 6 de octubre de 2028 (6 de octubre de 2027 si más de 8 M€) | 1 de enero de 2027 sociedades; 1 de julio de 2027 resto |
| Objetivo | Reducir la morosidad y conocer el estado de los pagos | Evitar la manipulación de la facturación |
Sobre el calendario de Verifactu hay una novedad: el 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció que quiere aplazarlo hasta octubre de 2028, precisamente para que coincida con la factura electrónica de las pymes. Ese aplazamiento aún no está publicado en el BOE, así que las fechas de 2027 siguen siendo las vigentes. Te lo contamos todo en nuestra guía qué es Verifactu.
Qué supone para los autónomos
Los autónomos que trabajan para otras empresas o profesionales entran en el calendario general: desde el 6 de octubre de 2028 tendrán que expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en esas operaciones. La obligación de informar del estado de las facturas les llega más tarde, el 6 de octubre de 2029, lo que da un margen extra para adaptarse a esa parte.
Si eres autónomo y la mayoría de tus clientes son particulares, esta obligación te afectará solo en las facturas a empresas y profesionales. Aun así, si usas un programa de facturación, Verifactu sí te afecta en todas tus facturas.
Qué hacer ahora si tienes una pyme
- Calcula tu volumen de operaciones para saber si te toca en 2027 o en 2028.
- Revisa cómo emites las facturas hoy. Si usas plantillas de Word o Excel, tendrás que pasar a un programa.
- Revisa también cómo recibes las de tus proveedores, porque la recepción electrónica también será obligatoria.
- Pregunta a tu proveedor de software qué plan tiene para la factura electrónica y para Verifactu, y con qué fechas.
- Ordena tus datos de clientes: NIF, razón social y dirección correctos evitan rechazos.
- Cumple ya los datos obligatorios de cada factura. Te los explicamos en la guía de datos obligatorios de una factura.
Errores frecuentes
- Pensar que un PDF ya es factura electrónica. No lo es a efectos de esta obligación.
- Confundir la factura electrónica con Verifactu. Cumplir una no implica cumplir la otra.
- Esperar al último momento. Cambiar de programa, migrar clientes y formar al equipo lleva tiempo.
- Olvidarse de la recepción. Muchas empresas piensan solo en emitir.
Cómo lo hace BussiNext
Con el programa de facturación de BussiNext creas facturas y presupuestos en segundos desde tu catálogo de productos y servicios, con informes en tiempo real y la información de cada cliente conectada con el CRM. Estamos adaptando el módulo de facturación a Verifactu, y seguimos de cerca el desarrollo de la factura electrónica entre empresas para informar a nuestros clientes con tiempo.
Todo está incluido en el precio único de 150 € al año, con servidores en España.
Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento fiscal profesional. Las fechas reflejan la información oficial publicada a 28 de octubre de 2026; consulta siempre el BOE y la sede de la Agencia Tributaria.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica para pymes?
Según el calendario de la Agencia Tributaria, las empresas y profesionales con un volumen de operaciones de hasta 8 millones de euros estarán obligados desde el 6 de octubre de 2028. Las de más de 8 millones, desde el 6 de octubre de 2027.
¿Los autónomos también tendrán que hacer factura electrónica?
Sí, en las operaciones con otras empresas y profesionales entran en el calendario general del 6 de octubre de 2028. Para las personas físicas, la obligación de informar del estado de las facturas empieza el 6 de octubre de 2029.
¿Un PDF enviado por correo es una factura electrónica?
No a efectos de esta obligación. La factura electrónica que exige la Ley Crea y Crece es un documento estructurado que se intercambia entre sistemas, y además hay que informar de su estado.
¿Afecta a las facturas a particulares?
No. La obligación de la Ley Crea y Crece se refiere a las operaciones entre empresas y profesionales (B2B), no a las ventas a consumidores finales.
¿Si cumplo Verifactu ya cumplo la factura electrónica?
No. Son obligaciones distintas: Verifactu regula el programa con el que facturas y la factura electrónica regula el formato y el intercambio entre empresas. Tendrás que cumplir las dos cuando te afecten.
Fuentes oficiales
- Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (Crea y Crece)
- Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo (BOE)
- Orden HAC/1028/2026, solución pública de facturación electrónica (BOE)
- Solución pública de facturación electrónica (Agencia Tributaria, 7 de octubre de 2026)
- Real Decreto 1619/2012, Reglamento de facturación (BOE)
- Nota informativa sobre Verifactu (Ministerio de Hacienda)
